Muchos ciudadanos adecuan el frente de sus viviendas para facilitar el ingreso de vehículos o reservar espacios de estacionamiento. Sin embargo, estas intervenciones están prohibidas cuando no cuentan con autorización de la autoridad competente, según lo establece la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
La norma señala que el espacio público incluye vías vehiculares y peatonales, parques, plazas, zonas verdes, corredores de transporte y demás bienes destinados al uso colectivo. Su protección busca garantizar la movilidad, la seguridad y el acceso en igualdad de condiciones para toda la comunidad, incluidas las personas con discapacidad.
El director de Control y Tránsito de la Secretaría de Movilidad de Villavicencio, Jorge Luis Chacón Bueno, explicó que el artículo 140 del Código Nacional de Policía considera un comportamiento contrario al cuidado e integridad del espacio público la ejecución de obras o remodelaciones sin la autorización correspondiente.
El funcionario precisó que esta prohibición incluye la construcción de rampas sobre andenes, la instalación de obstáculos, la modificación de bordillos, la delimitación de zonas de parqueo y cualquier otra intervención realizada por particulares sobre bienes de uso público.
Chacón Bueno indicó que, de manera semanal, la Secretaría de Movilidad, en coordinación con la Secretaría de Catastro y Espacio Público y la Policía Metropolitana, adelanta operativos en distintos sectores de Villavicencio para recuperar el espacio público y facilitar la movilidad segura de peatones y conductores.
Las personas que incumplan esta disposición podrán recibir una multa general tipo 3, prevista en el artículo 180 de la Ley 1801 de 2016. Para 2026, la sanción asciende a $466.908, equivalente a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes, además del retiro de las obras o elementos instalados de manera irregular.





